Deudas

Cómo saber si tienes deudas pendientes en España: guía gratuita

MundoOfertas · 16 min de lectura

Cómo saber si tienes deudas pendientes en España: guía gratuita

Tienes el presentimiento. Ese contrato de móvil que cancelaste "más o menos" hace tres años. El piso que alquilaste y no sabes si el casero pagó todos los suministros cuando te fuiste. Una herencia que aceptaste deprisa y corriendo sin revisar qué debía el fallecido. Ahora quieres pedir un préstamo, una hipoteca, o simplemente dormir tranquilo.

La buena noticia: en España puedes consultar todos los registros de deuda de forma completamente gratuita, en muchos casos sin salir de casa. La mala: son varios registros distintos y cada uno cubre un tipo diferente de deuda. Ninguno te da el panorama completo por sí solo. Este artículo te explica cuál consultar según tu situación, qué datos exactos te van a dar y qué hacer si encuentras algo que no esperabas.

Ninguna de estas consultas cuesta dinero. No necesitas contratar a ningún despacho ni empresa intermediaria para hacer lo que aquí se describe. Todo es procedimiento oficial.

Por dónde empezar según el tipo de deuda que sospechas

No todas las deudas están en el mismo registro. Antes de lanzarte a consultar todo a la vez, vale la pena saber adónde vas según qué sospechas:

  • Deuda bancaria (préstamo, hipoteca, tarjeta de crédito, aval): consulta la CIRBE del Banco de España.
  • Factura impagada (teléfono, luz, internet, seguros, financieras): consulta ASNEF y BADEXCUG.
  • Deuda con Hacienda (IRPF, IVA, sanciones tributarias): sede electrónica de la AEAT.
  • Cuotas de autónomo o contingencias laborales: Import@ss, el portal de la Seguridad Social.
  • Deudas municipales (IBI, multas, tasas de basuras): sede electrónica de tu ayuntamiento o del organismo provincial de recaudación.
  • Vas a aceptar una herencia o ya la aceptaste: combina CIRBE, AEAT, Seguridad Social y Registro de la Propiedad con la documentación del fallecido.
  • No sabes de qué tipo es la posible deuda: empieza por CIRBE y ASNEF, que cubren la mayoría de los casos.

Con ese mapa claro, el proceso es mucho más sencillo.

CIRBE: las deudas bancarias que registra el Banco de España

La Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE) recoge todos los préstamos, hipotecas, avales y líneas de crédito que tengas con entidades financieras supervisadas. No es un fichero de morosos: no indica si has pagado mal o tarde. Lo que hace es listar cuánto debes y a quién, por encima de un mínimo de 1.000 euros por entidad (umbral reducido desde los 9.000 euros anteriores, en vigor desde 2021 según el Banco de España).

Bancos como Santander, BBVA, CaixaBank, ING, Openbank o Bankinter están obligados a declarar todos los riesgos que superen ese umbral. Si tienes una tarjeta de crédito con límite de 3.000 euros y 800 euros dispuestos, puede que no aparezca. Si tienes un préstamo personal de 5.000 euros, sí.

Lo que la CIRBE no recoge: deudas con operadoras de telecomunicaciones, compañías eléctricas, aseguradoras o proveedores comerciales sin vinculación bancaria. Para esas, hay que ir a ASNEF o BADEXCUG.

Cómo solicitar el informe CIRBE gratis:

Por vía electrónica (la más rápida): entra en la sede electrónica del Banco de España con Cl@ve avanzada o certificado digital. El informe se genera en aproximadamente 15 minutos y puedes descargarlo durante los 20 días siguientes. El plazo legal máximo es de 10 días hábiles, pero en la práctica suele estar disponible casi de inmediato.

Presencialmente: con cita previa en la sede central del Banco de España (C/ Alcalá 48, Madrid) o en sus sucursales provinciales. Es la opción para quien no tiene identificación digital.

Por correo postal: escribe al Banco de España, Central de Información de Riesgos, C/ Alcalá 48, 28014 Madrid, con fotocopia compulsada del DNI.

El informe distingue entre riesgo directo (lo que tú debes) y riesgo indirecto (avales que has dado a otros). Si avalaste el préstamo de un familiar en Sabadell o Bankinter, también aparece. Conviene revisar ambas columnas.

ASNEF: el fichero de morosos que más puede afectarte

ASNEF es el registro de impagados que consultan bancos, financieras, operadoras y aseguradoras con más frecuencia en España. Lo gestiona Equifax y reúne deudas de sectores muy distintos: préstamos de entidades como Sabadell u Openbank, facturas de telefonía con Movistar o Digi, contratos de suministros con Endesa o Naturgy, primas de seguros, empresas de renting.

La deuda mínima para que una empresa pueda incluirte en ASNEF es de 50 euros si eres persona física, tal como establece la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD) de 2018. Antes de incluirte, la empresa tiene que haber intentado cobrarte por otras vías y está obligada a notificarte la inclusión en un plazo máximo de 30 días.

Puedes permanecer en ASNEF un máximo de 5 años desde la fecha de vencimiento de la deuda, con independencia de si la pagas o no. Si la deuda prescribe antes pero el plazo de permanencia aún no ha terminado, el dato puede seguir ahí.

Cómo consultar ASNEF gratis:

Con certificado digital o DNI electrónico: accede al portal del consumidor de Equifax (equifax.es/consumidores). La respuesta es inmediata.

Sin certificado digital: solicítalo por correo postal al Apartado de Correos 10.546, 28080 Madrid. Incluye fotocopia de tu DNI por ambas caras. La respuesta llega en un plazo de hasta 30 días. El teléfono 917 814 400 solo sirve para información general.

Si apareces en ASNEF por una deuda que ya pagaste, que no reconoces o que supera los 5 años desde el vencimiento, puedes reclamar directamente ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) de forma gratuita.

BADEXCUG: el segundo fichero que la mayoría olvida revisar

BADEXCUG es el registro de impagados de Experian y funciona de forma paralela a ASNEF. No son lo mismo: cada fichero tiene su propia base de empresas afiliadas. Orange puede tener tus datos en ASNEF y no en BADEXCUG, o al revés. Por eso conviene revisar los dos.

El importe mínimo de deuda para la inclusión es también de 50 euros de principal, y el plazo de permanencia máximo es de 5 años desde el vencimiento.

La novedad relevante: Experian renovó su plataforma para el consumidor, accesible en portaldelconsumidor.experian.es, donde puedes registrarte solo con tu DNI y una dirección de correo electrónico, sin necesitar certificado digital. Es el proceso de consulta más sencillo de todos los que encontrarás en este artículo.

Si apareces en BADEXCUG por una deuda ya saldada, el propio portal permite ejercer el derecho de supresión una vez que demuestras el pago.

RAI: este registro solo aplica a empresas, no a personas físicas

El Registro de Aceptaciones Impagadas (RAI) aparece en casi todos los artículos sobre ficheros de morosos, pero hay un detalle que casi nadie aclara: desde una resolución del Tribunal de Defensa de la Competencia de 2005, el RAI solo incluye a personas jurídicas (empresas, sociedades) con un importe mínimo de 300 euros.

Si eres persona física, incluso siendo autónomo que actúa como tal, el RAI no te afecta ni te puede incluir. No tienes que consultarlo.

Esta confusión es habitual y genera inquietud innecesaria. Si alguien te ha dicho que revises el RAI como particular, te ha informado mal.

Hacienda (AEAT): deudas tributarias pendientes

Las deudas con la Agencia Estatal de Administración Tributaria no aparecen en ASNEF ni en la CIRBE. Hacienda tiene su propio sistema y hay que ir directamente a la fuente.

Para consultar si tienes deudas pendientes con la AEAT, accede a la sede electrónica (sede.agenciatributaria.gob.es) con cualquiera de estos métodos: Cl@ve PIN, certificado electrónico, DNI electrónico o eIDAS. La app oficial "Agencia Tributaria" también permite la consulta desde el móvil.

El sistema muestra, deuda por deuda: la clave de liquidación, el impuesto al que corresponde, el importe, el período y la situación actual (en período voluntario de pago, en vía ejecutiva, aplazada o suspendida). Es bastante detallado.

Si necesitas un certificado oficial de que estás al corriente de pago con Hacienda (para pedir una hipoteca, participar en una licitación pública o solicitar una subvención), puedes obtenerlo a través del procedimiento RA05 en la misma sede electrónica. Se genera en el momento.

Las deudas tributarias prescriben a los 4 años desde que finaliza el período voluntario de pago, según el artículo 66 de la Ley General Tributaria. Ojo: la prescripción no opera de oficio. Hacienda puede intentar cobrarte una deuda prescrita si no la alegas expresamente. Si crees que hay alguna prescrita, conviene revisarlo con calma. En nuestra guía sobre deudas con Hacienda encontrarás el detalle de plazos, recargos y opciones de aplazamiento.

Seguridad Social: cuotas de autónomo y contingencias

Si has sido autónomo en algún momento o has tenido trabajadores a tu cargo, puede haber cuotas pendientes con la Seguridad Social que no aparecen en ninguno de los registros anteriores.

El portal Import@ss (portal.seg-social.gob.es) centraliza la consulta. Puedes acceder con Cl@ve PIN, certificado digital, DNI electrónico o por SMS si tienes el número de móvil registrado en el sistema. Una vez dentro, la sección de consulta de deudas y pagos muestra el estado de tus obligaciones.

También puedes obtener desde ahí el certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social, necesario para acceder a contratos públicos y a muchas convocatorias de subvenciones.

Las cuotas de la Seguridad Social prescriben a los 4 años, conforme al artículo 24 de la Ley General de la Seguridad Social.

Deudas municipales: el punto ciego que nadie menciona

El IBI, las multas de tráfico, las tasas de basuras o las sanciones urbanísticas no aparecen en ASNEF, en BADEXCUG ni en la CIRBE. Son deudas con las administraciones locales y cada ayuntamiento tiene su propio sistema.

Para consultarlas, busca la sede electrónica de tu municipio. En Madrid, la Agencia Tributaria Municipal gestiona el padrón de contribuyentes y permite consultar deudas de IBI, tasa de residuos y otros tributos locales. En muchas provincias son los organismos de recaudación provinciales quienes centralizan la gestión: el OPAEF en Andalucía, el OAR en Aragón, el ORGT en Cataluña.

Si no sabes por dónde empezar, busca en Google "[nombre de tu municipio] sede electrónica consultar deudas". Así llegas al portal correcto.

Esto es especialmente relevante si vendiste una propiedad, si heredaste un inmueble o si viviste en un municipio diferente durante años sin estar muy pendiente del correo. El IBI de ejercicios anteriores puede acumularse sin que nadie te avise más allá de las notificaciones formales.

Suministros y telefonía: deudas olvidadas de contratos antiguos

Uno de los escenarios más frecuentes: "Me cambié de piso hace cuatro años y creo que no di de baja bien el contrato de luz con Endesa." O: "Dejé de usar una SIM de Orange y nunca pedí la baja formalmente."

Estas deudas no aparecen en la CIRBE, pero sí pueden estar en ASNEF o BADEXCUG si la empresa está afiliada a alguno de esos ficheros. La mayoría de las grandes operadoras y comercializadoras lo están: Movistar, Orange, Vodafone, Digi, MásMóvil, Iberdrola, Endesa, Naturgy, TotalEnergies o Repsol están afiliadas a alguno de los dos.

Si no apareces en los ficheros pero tienes dudas sobre una empresa concreta, la vía directa es llamar a su servicio de atención al cliente e identificarte con tu DNI. Tienes derecho a pedir un extracto de tu historial de cuenta.

Estas deudas prescriben a los 5 años desde el vencimiento, conforme al artículo 1964.2 del Código Civil (reformado en 2015; antes el plazo era de 15 años). Si la deuda tiene más de 5 años y el acreedor no ha interrumpido el plazo mediante reclamaciones formales o acciones judiciales, ya no puede exigírtela legalmente. Puede que te la sigan reclamando por carta o teléfono, pero eso no equivale a que tengan derecho a hacerlo.

Deudas de una herencia: investiga antes de comprometerte

Aceptar una herencia sin saber qué debía el fallecido es uno de los errores más costosos que puede cometerse. Los herederos que aceptan de forma "pura y simple" responden de las deudas del causante con su propio patrimonio, sin límite.

Antes de aceptar, o si ya lo hiciste y sospechas que hay pasivos ocultos, sigue este proceso:

1. Certificado de últimas voluntades: solicítalo al Ministerio de Justicia con el certificado de defunción. Te dice si hay testamento y ante qué notario.

2. CIRBE del fallecido: los herederos pueden pedir el informe CIRBE del causante acreditando su condición (certificado de defunción, certificado de últimas voluntades y declaración de herederos o testamento). Así sabes qué deudas bancarias tenía.

3. AEAT e Import@ss: con los datos fiscales del fallecido y documentación acreditativa de tu condición de heredero puedes comprobar si tenía deudas con Hacienda o cuotas pendientes con la Seguridad Social.

4. Registro de la Propiedad: si tenía inmuebles hipotecados o con cargas, el Registro lo refleja. Puedes pedir una nota simple de cualquier finca.

Si existe riesgo de que las deudas superen el valor de los bienes heredados, la opción de protección es aceptar la herencia "a beneficio de inventario". Tu responsabilidad como heredero queda limitada al valor de lo que heredas: cualquier deuda que lo supere no puede reclamarse sobre tu propio patrimonio. En nuestra guía sobre herencias con deudas encontrarás el proceso completo.

Tabla de prescripciones: ¿tu deuda antigua sigue siendo exigible?

Antes de preocuparte por una deuda de años atrás, conviene saber si técnicamente sigue siendo reclamable. Estos son los plazos vigentes en España:

Tipo de deuda Plazo de prescripción Base legal
Préstamos personales y tarjetas de crédito 5 años Art. 1964.2 del Código Civil (reforma 2015)
Hipotecas 20 años Art. 1964 del Código Civil
Deudas con Hacienda 4 años Art. 66 de la Ley General Tributaria
Cuotas de la Seguridad Social 4 años Art. 24 de la Ley General de la Seguridad Social
Sentencia judicial firme 5 años Art. 518 de la Ley de Enjuiciamiento Civil
Suministros, telefonía, seguros 5 años Art. 1964.2 del Código Civil

Un detalle que pocos artículos explican con claridad: la prescripción y la permanencia en el fichero de morosos son plazos que funcionan de forma independiente. Una deuda puede haber prescrito legalmente (el acreedor no puede llevarla a los tribunales) y seguir apareciendo en ASNEF o BADEXCUG hasta que se cumplan 5 años desde el vencimiento original.

Traducido a un ejemplo concreto: si debes 300 euros a una operadora desde hace 4 años y 9 meses, la deuda aún no ha prescrito (faltan 3 meses) y sigue activa en el fichero. A los 5 años desde el vencimiento tienes derecho a exigir que te borren del registro. Antes de ese momento, solo puedes reclamar si la inclusión es incorrecta o si la deuda ya está pagada.

Para saber cuándo exactamente deja de ser exigible una deuda concreta, consulta nuestra guía sobre prescripción de deudas en España.

Qué hacer si encuentras una deuda que no esperabas

Encontrarla es solo el primer paso. Lo que haces después depende de cuál es la situación concreta.

La deuda es tuya y puedes pagarla: paga directamente al acreedor y pide por escrito la baja del fichero una vez confirmado el pago. La empresa tiene la obligación legal de eliminar tus datos del registro cuando la deuda queda saldada. Guarda el justificante.

La deuda es de Hacienda: puedes solicitar aplazamiento o fraccionamiento en la sede electrónica de la AEAT. Los aplazamientos de hasta 30.000 euros no requieren aval desde la Orden HFP/311/2023. Los detalles del proceso están en nuestra guía sobre deudas con Hacienda.

La deuda es de la Seguridad Social: Import@ss tiene un apartado específico para solicitar planes de pago y acuerdos de fraccionamiento de cuotas.

La inclusión en el fichero es incorrecta (deuda ya pagada, deuda que no es tuya, importe erróneo): reclama gratuitamente ante la AEPD (aepd.es). El plazo de resolución habitual es de un mes. Puedes reclamar también directamente al fichero o a la empresa que te incluyó.

La deuda ha prescrito y sigues en el fichero: notifica por escrito al acreedor (idealmente por burofax o carta con acuse de recibo) indicando que la deuda ha prescrito conforme al Código Civil o la LGT, según corresponda, y exigiendo la supresión de tus datos. Si no responden o se niegan, presenta reclamación ante la AEPD.

La deuda es cuantiosa y no puedes pagarla: explora las opciones disponibles antes de que el asunto llegue a vía ejecutiva. La reunificación de deudas puede reducir la cuota mensual si tienes hipoteca. La Ley de Segunda Oportunidad permite a particulares cancelar deuda insatisfecha si se cumplen ciertos requisitos. En nuestro simulador de deudas puedes analizar sin compromiso qué opción encaja mejor con tu situación. Si buscas financiación para cubrir deudas más pequeñas, puedes comparar préstamos personales en nuestro comparador de créditos.

Cómo hacer todas estas consultas si no tienes certificado digital

La mayoría de los procesos descritos en este artículo son más rápidos con identificación electrónica, pero hay alternativas para quien no la tiene.

Activar Cl@ve PIN: es el método más sencillo para acceder a la AEAT, la Seguridad Social y la sede electrónica del Banco de España. Puedes solicitarlo online si ya estás en el censo de la AEAT, o acudir a una oficina de Correos (son puntos de registro habilitados) o a cualquier delegación de la Agencia Tributaria con tu DNI.

Sin ninguna identificación digital:

  • ASNEF: solicitud por correo postal al Apartado de Correos 10.546, 28080 Madrid, con fotocopia del DNI por ambas caras.
  • Banco de España / CIRBE: solicitud por correo a C/ Alcalá 48, 28014 Madrid, con DNI compulsado; también con cita presencial en sus oficinas.
  • BADEXCUG (Experian): su portal actualizado en portaldelconsumidor.experian.es solo pide DNI y correo electrónico, sin certificado.

Sinceramente, si usas habitualmente el móvil para gestiones cotidianas, el tiempo que inviertes en activar Cl@ve PIN (suele ser menos de 15 minutos en Correos) se recupera enseguida. Las consultas que tardarían semanas por carta se resuelven en minutos.

Preguntas frecuentes

¿Puedo consultar si tengo deudas pendientes de forma completamente gratuita?

Sí. Por ley, ASNEF (Equifax), BADEXCUG (Experian) y la CIRBE (Banco de España) están obligados a facilitar tu informe sin coste. Lo mismo aplica a las consultas en la AEAT y en Import@ss. Ninguna de estas gestiones requiere abogado ni intermediario. Si alguien te cobra por "consultar tus ficheros", te está facturando algo que puedes hacer tú mismo de forma oficial y gratuita.

¿Cuánto tarda en llegar el informe CIRBE del Banco de España?

Si lo solicitas por vía electrónica con certificado digital o Cl@ve avanzada, el informe se genera en aproximadamente 15 minutos y puedes descargarlo durante los 20 días siguientes. Si optas por el correo postal, el plazo legal máximo del Banco de España es de 10 días hábiles desde que reciben tu solicitud.

¿Si mi deuda ha prescrito, sigo apareciendo en ASNEF?

Posiblemente sí. La prescripción civil y la permanencia en el fichero son plazos independientes. Una deuda puede haber prescrito (el acreedor ya no puede reclamarte judicialmente) pero seguir en ASNEF hasta que se cumplan 5 años desde el vencimiento original. Cuando se alcanza ese plazo tienes derecho a exigir el borrado. Antes, solo puedes reclamar si la inclusión es incorrecta o la deuda está pagada.

¿El RAI afecta a las personas físicas o a los autónomos individuales?

No. El Registro de Aceptaciones Impagadas (RAI) solo incluye a personas jurídicas desde 2005, con un importe mínimo de 300 euros. Si eres persona física, aunque seas autónomo actuando como tal, el RAI no te puede incluir ni afectar. No es necesario que lo consultes.

¿Qué hago si aparezco en ASNEF por una deuda que no reconozco?

Tienes dos opciones. Primera: contacta con Equifax y con la empresa que te incluyó, pidiéndoles que demuestren la deuda (contrato, facturas, notificación de inclusión). Si no pueden justificarlo o el dato es erróneo, deben eliminarte. Segunda: si no responden o no lo hacen en el plazo previsto, presenta una reclamación gratuita ante la AEPD (aepd.es). El plazo habitual de resolución es de un mes.

¿Cómo sé si tengo deudas pendientes de una herencia que acepté?

Solicita el informe CIRBE acreditando tu condición de heredero (certificado de defunción, certificado de últimas voluntades y declaración de herederos o testamento). Comprueba también la AEAT y Import@ss con los datos fiscales del fallecido. Para inmuebles, pide una nota simple al Registro de la Propiedad. Si sospechas que las deudas superan el valor heredado, valora con un notario si todavía es posible transformar la aceptación o protegerte de otra forma.


Conclusión

Saber si tienes deudas pendientes en España es completamente gratuito si sabes adónde mirar. CIRBE para lo bancario, ASNEF y BADEXCUG para el resto de impagados, AEAT para Hacienda, Import@ss para la Seguridad Social y la sede electrónica de tu ayuntamiento para lo municipal. Cada registro cubre su parcela y ninguno te da el cuadro completo por sí solo.

El error más habitual es consultar solo ASNEF y asumir que estás limpio. Una factura de telefonía de Vodafone y un préstamo personal de ING pueden estar en registros que no se solapan.

Si después de revisar todo encuentras una deuda que te preocupa, ya sea por su tamaño o porque no puedes pagarla, en nuestro simulador de deudas puedes analizar si la reunificación hipotecaria o la Ley de Segunda Oportunidad son opciones para tu caso. Sin compromiso y en pocos minutos.