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Comisiones bancarias abusivas: cómo reclamarlas

MundoOfertas · 14 min de lectura

Comisiones bancarias abusivas: cómo reclamarlas

Abres la app del banco y ahí está: 24 euros de "comisión de mantenimiento" que nadie te explicó nunca. O peor, 35 euros por un descubierto de dos días que se solucionó solo en cuanto entró la nómina. La reacción suele ser la misma en casi todo el mundo: rabia, y la duda de si merece la pena pelear por eso o si es simplemente "lo normal" que cobra cualquier banco.

Pues no, no siempre es normal. Una parte importante de las comisiones que cobran BBVA, Santander, CaixaBank o cualquier otra entidad en España tiene que cumplir unos requisitos legales muy concretos, y cuando no los cumple, se puede reclamar y recuperar el dinero con intereses. En los últimos dos años, además, el Tribunal Supremo y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) han dictado varias sentencias que refuerzan la posición del cliente frente al banco. Esta guía explica qué comisiones se pueden reclamar, cómo hacerlo paso a paso, qué plazo hay antes de que prescriba el derecho y cómo evitar pagarlas de nuevo el mes que viene.

¿Qué es una comisión bancaria abusiva?

Una comisión bancaria es abusiva cuando el banco la cobra sin que exista un servicio real y efectivo detrás, sin que el cliente la haya aceptado expresamente o sin que se le haya informado con claridad de su importe antes de contratar el producto. Así lo exige la Orden EHA/2899/2011, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios, que en su artículo 3 establece que las comisiones "solo podrán percibirse por servicios efectivamente prestados o gastos habidos".

En la práctica, esto significa que un banco no puede cobrar, por ejemplo, una comisión de estudio de una operación que nunca se estudió, o subir la comisión de mantenimiento sin avisar con la antelación legal (dos meses, según esa misma normativa). Tampoco puede cobrar dos veces por el mismo concepto, ni aplicar una comisión que no figuraba en el contrato ni en el folleto de tarifas que el cliente tenía derecho a consultar antes de firmar.

El término legal exacto es "comisión indebida" o "cláusula abusiva" cuando afecta a las condiciones generales del contrato, pero en el día a día se habla de comisiones abusivas, ilegales o injustificadas indistintamente. Vienen a significar lo mismo: dinero que el banco ha cobrado sin derecho a hacerlo, y que por tanto se puede reclamar y recuperar.

Las comisiones bancarias más comunes (y cuánto cuestan de verdad)

Antes de reclamar nada conviene saber qué puede cobrar un banco y cuánto es razonable. Estas son las comisiones que más aparecen en los extractos de cualquier cuenta española:

  • Comisión de mantenimiento: se cobra por el simple hecho de tener la cuenta abierta, normalmente de forma mensual. Suele moverse entre 20 y 30 euros al mes en cuentas de oficina tradicionales, lo que equivale a 240-300 euros al año. Las cuentas online de entidades como ING, Openbank o Bankinter suelen eliminarla sin pedir nómina domiciliada, aunque algunas la condicionan a un número mínimo de movimientos con tarjeta.
  • Comisión de administración: parecida a la de mantenimiento, pero vinculada a la gestión de apuntes y operaciones. Muchos bancos las han fusionado en una sola cuota para simplificar el recibo, aunque legalmente siguen siendo conceptos distintos y en teoría deberían justificarse por separado.
  • Comisión de emisión y mantenimiento de tarjeta: entre 0 euros en tarjetas básicas de banca online y 40-60 euros al año en tarjetas de crédito con más prestaciones (seguros de viaje, programas de puntos, acceso a salas VIP).
  • Comisión por transferencia: las transferencias SEPA ordinarias suelen ser gratuitas por banca online, pero las urgentes o las que se hacen en ventanilla pueden costar entre 4 y 30 euros según la entidad y la urgencia solicitada.
  • Comisión por descubierto (números rojos): es de las más reclamadas. Puede alcanzar hasta 35 euros por cada operación en descubierto, a lo que se suma un interés de demora que en algunos casos ha sido cuestionado judicialmente cuando resulta desproporcionado frente al interés legal del dinero.
  • Comisión por uso de cajero de otra red: entre 2 y 4 euros por sacar dinero de un cajero que no es del propio banco, a veces sumada a lo que cobra la entidad propietaria del cajero.
  • Comisión de apertura de préstamo o hipoteca: suele oscilar entre el 0,5% y el 2% del capital prestado. En una hipoteca de 150.000 euros, eso supone entre 750 y 3.000 euros solo por firmar, y es justo la comisión que más veces ha terminado anulada en los tribunales.

Ojo con un detalle que casi nadie revisa: muchas entidades bonifican estas comisiones si se domicilia la nómina, se mantiene un saldo mínimo o se hacen un número mínimo de compras con tarjeta cada mes. Si se deja de cumplir esa condición aunque sea un mes, la comisión puede reaparecer sin previo aviso individual, porque ya se aceptó al firmar el contrato.

Comisiones que se disparan si eres autónomo

Las cuentas de autónomos y pymes suelen tener una letra pequeña más agresiva que las cuentas personales. Es habitual encontrar una comisión de mantenimiento de cuenta profesional más cara (a veces el doble que una cuenta particular), una comisión específica por gestión de remesas de recibos SEPA B2B, y comisiones de descubierto más altas porque el banco asume que el flujo de caja de un negocio es más irregular.

Si además el autónomo tiene un préstamo o una línea de crédito asociada al negocio, conviene revisar también la comisión de disponibilidad (se cobra sobre el capital no dispuesto de una línea de crédito) y la comisión de estudio de la operación, dos conceptos que en cuentas particulares casi no existen pero que en banca de empresas son habituales y, muchas veces, negociables si se pregunta.

Qué dice la ley sobre las comisiones bancarias

Para que una comisión sea legal tiene que cumplir tres condiciones a la vez: que responda a un servicio real prestado al cliente, que el cliente la haya aceptado o solicitado expresamente, y que su importe y forma de cálculo figuren con claridad en el contrato y en el folleto de tarifas registrado en el Banco de España. Si falta cualquiera de las tres, la comisión es reclamable.

La jurisprudencia reciente ha reforzado esta idea. El TJUE, en su sentencia de 30 de abril de 2025 (asunto C-39/24, relativo a un caso de BBVA), analizó si el cliente puede entender realmente qué servicio concreto retribuye la comisión de apertura de un préstamo hipotecario, y exigió que esa información sea transparente y comprensible, no solo formalmente correcta. Poco después, el Tribunal Supremo dictó las sentencias 964/2025 y 965/2025, de 17 de junio, en las que reiteró que no existe una respuesta única (cada cláusula debe analizarse caso por caso), pero fijó criterios claros: la comisión debe estar dentro de los parámetros estadísticos habituales del mercado, aproximadamente entre el 0,5% y el 1% del capital, y no puede solaparse con otras comisiones que cubran el mismo concepto.

El caso más sonado llegó meses después. En la sentencia 1621/2025, de 12 de noviembre, el Tribunal Supremo desestimó el recurso de BBVA y confirmó la nulidad de una comisión de apertura del 2,17% del capital, cobrada en un préstamo de 1999, por considerarla desproporcionada y no justificada. La sentencia obliga a devolver el importe cobrado más los intereses legales desde la fecha del cobro. No es un caso aislado: marca un techo de referencia, en torno al 1-1,5%, por encima del cual una comisión de apertura tiene muchas papeletas de ser declarada abusiva si se recurre.

Esto no se limita a las hipotecas. El mismo razonamiento (falta de transparencia, ausencia de servicio real, desproporción) se ha usado en juzgados para anular comisiones de estudio, de disponibilidad en cuentas de crédito o de mantenimiento subidas sin previo aviso.

Diferencia entre comisión abusiva e interés usurario

Conviene no mezclar dos conceptos que van por vías legales distintas. Una comisión es un cargo fijo por un servicio (mantenimiento, transferencia, apertura), y se reclama por falta de transparencia o de servicio real, según la Orden EHA/2899/2011. Un interés, en cambio, es el coste de financiarse, y se reclama por usurario cuando resulta "notablemente superior al normal del dinero", según la Ley de Represión de la Usura de 1908, aplicada por el Tribunal Supremo en su famosa sentencia sobre tarjetas revolving de mayo de 2020. Si el problema no son las comisiones sino los intereses de una tarjeta revolving, la vía y los argumentos legales cambian, aunque el destino final (el Banco de España o el juzgado) sea parecido.

Cómo reclamar comisiones bancarias paso a paso

Reclamar no exige abogado ni cuesta dinero en las primeras fases. El proceso tiene, en la práctica, cuatro escalones.

1. Reclama primero al Servicio de Atención al Cliente (SAC) del banco

Todas las entidades están obligadas a tener un SAC, y es el paso previo obligatorio antes de acudir a cualquier otro organismo. Se puede presentar la reclamación en la oficina, por escrito, o a través del formulario de la app o la web. Conviene explicar con claridad qué comisión se reclama, en qué fecha se cobró y por qué se considera indebida, adjuntando el extracto donde aparece el cargo.

Según el Banco de España, si la reclamación es sobre servicios de pago (cuentas, tarjetas, transferencias, recibos domiciliados), el SAC tiene un plazo de 15 días hábiles para responder. Para el resto de reclamaciones de un consumidor (hipotecas, préstamos, depósitos), el plazo sube a un mes. Si quien reclama no es consumidor sino empresa, el plazo es de dos meses.

2. Si el banco tiene Defensor del Cliente, acude a él

Algunas entidades, sobre todo las más grandes, cuentan con un Defensor del Cliente independiente del SAC. Sus resoluciones suelen ser vinculantes para el banco (no para el cliente), así que si da la razón al reclamante, la entidad está obligada a devolver el dinero.

3. Reclama ante el Banco de España

Si el SAC no responde en plazo, o la respuesta no convence, el siguiente paso es el Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones del Banco de España. Hace falta haber agotado antes la vía del SAC (piden el justificante de esa reclamación previa). El Banco de España no puede obligar al banco a devolver el dinero, pero emite un informe motivado que valora si la entidad actuó bien o mal, y ese informe pesa mucho si el caso acaba en un juzgado. Cada año recibe decenas de miles de reclamaciones sobre comisiones y otras cuestiones bancarias, según su Memoria de Reclamaciones, así que nadie es, ni de lejos, el único que se plantea este paso.

4. Vía judicial

Si después de todo esto el banco sigue sin devolver el dinero y la cantidad reclamada compensa el esfuerzo, queda la vía judicial. Para reclamaciones de hasta 2.000 euros no hace falta abogado ni procurador (juicio verbal), aunque muchos despachos especializados en banca trabajan a éxito, es decir, solo cobran si se gana el caso.

Documentos que conviene tener antes de reclamar

  • El extracto o extractos donde aparece la comisión cuestionada, con fecha e importe.
  • El contrato original de la cuenta, tarjeta o préstamo (o, si no se conserva, se puede pedir copia al banco, que está obligado a entregarla).
  • El folleto de tarifas vigente en el momento del cobro, para comparar si la comisión coincide con lo pactado.
  • Cualquier comunicación previa con el banco sobre el tema, aunque haya sido por teléfono (en ese caso, pedir que quede constancia por escrito).

Modelo de escrito para reclamar una comisión bancaria

Un escrito de reclamación no necesita fórmulas complicadas. Basta con incluir, de forma clara, algo como esto:

"Por la presente, [nombre y DNI], titular de la cuenta o tarjeta con IBAN o número [dato], solicito la devolución de la comisión de [tipo de comisión] cobrada el [fecha] por importe de [importe] euros, al considerar que no responde a un servicio real y efectivo, tal y como exige el artículo 3 de la Orden EHA/2899/2011. Adjunto el extracto bancario donde consta el cargo. Solicito respuesta por escrito en el plazo legalmente establecido y, en caso de no recibirla o de no ser satisfactoria, me reservo el derecho a acudir al Banco de España y a la vía judicial."

Conviene guardar siempre una copia con sello de registro o el correo electrónico de confirmación de envío: es la prueba de que se reclamó dentro de plazo.

Cuánto tiempo hay para reclamar

El plazo para reclamar una comisión cobrada indebidamente es de cinco años desde que se cobró, según el artículo 1964 del Código Civil, el plazo general de las acciones personales, reducido de 15 a 5 años por la reforma de la Ley 42/2015. Eso significa que, revisando ahora los extractos, se puede reclamar cualquier comisión indebida cobrada desde 2021 en adelante, no solo la más reciente.

El plazo se interrumpe (y vuelve a contar desde cero) cada vez que se presenta una reclamación formal, así que si hay comisiones antiguas que se acercan a los cinco años, conviene no dejarlo para más adelante.

Bancos con menos comisiones en España

No se trata de decir cuál es "el mejor banco", porque depende del perfil de cada cliente, pero sí conviene saber que el mercado se ha movido mucho hacia las cuentas sin comisiones en los últimos años. Entidades como ING y Openbank llevan tiempo ofreciendo cuentas online sin comisión de mantenimiento ni de administración, sin exigir nómina domiciliada en la mayoría de sus productos básicos. Bancos tradicionales como BBVA, Santander, CaixaBank, Sabadell o Bankinter también tienen versiones de cuenta digital sin comisiones, aunque normalmente ligadas a domiciliar unos ingresos mínimos mensuales o a un número de movimientos con tarjeta al trimestre.

La clave está en leer la ficha de comisiones, el documento que todos los bancos están obligados a entregar antes de contratar, y comparar no solo la cuota mensual, sino qué pasa exactamente si un mes no se cumplen los requisitos de bonificación. Ahí es donde muchas cuentas "gratuitas" dejan de serlo, y donde más reclamaciones se generan por sorpresa.

Qué hacer si el banco rechaza tu reclamación

Que el SAC diga que no hay razón no significa que sea así. Antes de rendirse, conviene revisar si el caso encaja en alguno de estos supuestos, que son los que más veces prosperan después:

  • La comisión no aparecía en el contrato original ni en un anexo firmado.
  • Se subió el importe sin avisar con los dos meses de antelación que exige la normativa.
  • Se cobra por un servicio que nunca se prestó, por ejemplo una "gestión de descubierto" sin que hubiera descubierto real.
  • Se solapa con otra comisión que cubre el mismo concepto.
  • El importe es claramente desproporcionado respecto a la media del mercado para ese producto.

Si el caso encaja en alguno de estos puntos, merece la pena seguir hasta el Banco de España e incluso valorar la vía judicial, sobre todo si la cantidad acumulada es alta. Hay despachos que agrupan reclamaciones similares, por ejemplo comisiones de apertura de una misma entidad cobradas en la misma época, y eso reduce mucho el coste de litigar por cuenta propia.

Cómo evitar comisiones bancarias en el futuro

Reclamar lo ya cobrado está bien, pero mejor todavía es dejar de pagar de más cada mes. Algunas medidas concretas ayudan bastante:

  • Revisa la ficha de tarifas de tu cuenta actual al menos una vez al año, porque las condiciones cambian y lo que antes era gratis puede dejar de serlo sin que lo notes hasta que llega el cargo.
  • Domicilia solo lo necesario para cumplir el requisito de bonificación, sin atarte a productos que no necesitas (seguros, planes de pensiones) solo para librarte de una comisión de 20 euros al mes.
  • Considera una cuenta remunerada para el dinero que no se usa a diario: además de no cobrar mantenimiento, muchas pagan un interés simbólico por tener el saldo ahí parado.
  • Vigila la letra pequeña de la tarjeta, sobre todo si es de crédito: una tarjeta sin comisiones bien elegida ahorra entre 20 y 60 euros al año solo en cuota de emisión.
  • Presta atención a los descubiertos encadenados. Si se entra en números rojos varios meses seguidos y las comisiones se acumulan, es una señal de que el problema ya no es solo la comisión, sino que las cuentas no cuadran. En ese caso, antes de que la situación se complique más, puede ayudar revisar la situación completa con el simulador de deudas de MundoOfertas.

Preguntas frecuentes

¿Qué comisiones bancarias son ilegales?

Son ilegales las comisiones que no responden a un servicio real prestado, las que no figuran en el contrato o folleto de tarifas, las que se suben sin avisar con dos meses de antelación y las que se cobran dos veces por el mismo concepto. La Orden EHA/2899/2011 exige que toda comisión corresponda a un servicio "efectivamente prestado".

¿Cuánto tiempo hay para reclamar una comisión bancaria?

Cinco años desde que se cobró cada comisión, según el artículo 1964 del Código Civil. Se pueden reclamar todas las comisiones indebidas cobradas dentro de ese plazo, no solo la más reciente, y el plazo se reinicia cada vez que se presenta una reclamación formal ante el banco.

¿Cuánto tarda el banco en responder a una reclamación?

Depende del tipo de reclamación. Si es sobre servicios de pago (cuentas, tarjetas, transferencias), el Servicio de Atención al Cliente tiene 15 días hábiles. Para otras reclamaciones de consumidores, como hipotecas o depósitos, el plazo es de un mes, según la normativa del Banco de España.

¿Hace falta abogado para reclamar comisiones bancarias?

No en las primeras fases. Reclamar al SAC del banco y al Banco de España es gratuito y no requiere abogado. Solo si el caso acaba en un juzgado, y la cuantía supera los 2.000 euros, hace falta abogado y procurador para el juicio verbal u ordinario.

¿El Banco de España devuelve el dinero si reclamo ahí?

No directamente. El Banco de España no puede ordenar a la entidad que pague, pero emite un informe motivado que valora si actuó bien o mal. Ese informe no es vinculante, pero suele ser determinante si después el caso llega a los tribunales.

¿Se puede reclamar la comisión de apertura de una hipoteca?

Sí, si se considera que fue desproporcionada o que no hubo información transparente al firmar. El Tribunal Supremo ha anulado en 2025 comisiones de apertura superiores al 2% del capital en varias sentencias, aunque cada caso se analiza de forma individual según sus circunstancias concretas.

Antes de cambiar de banco, revisa lo que ya has pagado

Cambiar de banco puede sonar más sencillo que reclamar, y a veces lo es. Pero antes de darse de baja merece la pena hacer números: revisar los últimos cinco años de extractos, identificar las comisiones que no cuadran con lo firmado, y mandar la reclamación. Es un rato de trabajo que, en no pocos casos, se traduce en varios cientos de euros de vuelta.

Y si al revisar las cuentas aparece algo más gordo que una comisión suelta (varios meses seguidos a números rojos, tarjetas acumulando saldo, préstamos que ya cuesta sostener), no conviene dejarlo correr. En MundoOfertas se puede usar el simulador de deudas para ver las opciones reales de reunificación o Ley de Segunda Oportunidad, o revisar el comparador de créditos si lo que hace falta es reorganizar la financiación con condiciones más baratas que seguir arrastrando comisiones e intereses de más.